En Colombia desde el 1 de Enero del 2024, se comienza a cobrar impuesto a los tenderos acordé al capital de las ventas.
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Gracias a la nueva reforma que ha sido aprobada el presente año, se cobrará un impuesto a tenderos y locales de barrios, de acuerdo con la reforma se estará cobrando un 10 por ciento después de tener ganancias de mas de 5 salarios mínimos legales vigentes, anteriormente este impuesto se cobraba al asalariado como un impuesto de solidaridad, para los tenderos y locales de barrio será catalogado como un impuesto de apoyo a la ciudad y deberá aparecer en los reportes de la Dian, si este no aparece sera legal cobrar multas de hasta 4 smlv.
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